MACRI ANUNCIO UN DECRETO DE NECESIDAD Y UR-
GENCIA PARA GA-
RANTIZAR LA LI-
BERTAD DE PRENSA DENTRO DEL TERRITORIO AUTONOMO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES. E INSTO A
LOS DEMAS GOBER-
NADORES A HACER LO MISMO...ESTO ESTA FUNDAMENTADO EN EL ARTI 32 DE LOS "DERECHOS Y GARANTIAS" DE LA CONS-
TITUCION NACIONAL:
Art. 32.- "El Congreso federal no dictará leyes que restrinjan la libertad de imprenta o establezcan sobre ella la jurisdicción federal".http://www.clarin.com/politica/Macri-decreto-proteccion-libertad-Ciudad_0_919108419.html
AHORA BIEN EL GOBIERNO NACIONAL PUEDE INVOCAR EL ARTICULO 31:
Art. 31.- Esta Constitución, las leyes de la Nación que en su consecuencia se dicten por el Congreso y los tratados con las potencias extranjeras son la ley suprema de la Nación; y las autoridades de cada provincia están obligadas a conformarse a ella, no obstante cualquiera disposición en contrario que contengan las leyes o constituciones provinciales, salvo para la provincia de Buenos Aires, los tratados ratificados después del Pacto de 11 de noviembre de 1859.
PERO TAMBIEN HAY QUE TENER ESTE OTRO ARTICULO DE LOS DERECHOS Y GARANTIAS
"Art. 14- Todos los habitantes de la Nación gozan de
los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a
saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de
peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del
territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa;
de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar
libremente su culto; de enseñar y aprender."
EL PRESTIGIOSO CONSTITUCIONALISTA DANIEL SABSAY DIO SU OPINION:
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